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jueves, 12 de marzo de 2020

EL 31/3 VENCE LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA 2019 DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y RECORDAMOS REALIZAR LA CARGA DEL PERÍODO FISCAL 2020

Informamos a quienes se encuentren afectados por el pago del Impuesto a las Ganancias y aún no lo hayan hecho que deben presentar la Declaración Jurada por Internet correspondiente al Período Fiscal 2019 hasta el próximo 31 de marzo.
Es conveniente realizarla con anticipación porque puede ocurrir como ha sucedido en otras oportunidades que nuestra patronal tome lo declarado hasta el día de cierre de la liquidación de cada mes (alrededor del 20) y si hubiera diferencias con Declaraciones Juradas que ingresen posteriormente hasta la fecha tope de la AFIP la diferencia si la hubiera se acredite o descuente en haberes posteriores, por ello se debe declarar aún si tienen deducciones pendientes del año pasado.
En el caso de no realizar la presentación del FORMULARIO 572 WEB y vencido el plazo para el año 2019, se eliminarán las deducciones de Cargas de Familia y otras que hayan sido tomadas en cuenta para los Anticipos del Impuesto 2019, lo que ocasionará una deuda que se retendrá en oportunidad de practicar la Liquidación Anual Período 2019 del impuesto.
Recordamos que en los últimos años realizamos jornadas de formación de delegados y docentes afectados donde explicamos todos estos alcances de la normativa vigente y la forma de cargar la declaración jurada, que detallamos a continuación. Para realizar el mismo se debe acceder al SiRADIG Trabajador (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias), que es un Servicio Web que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de retención del impuesto a las ganancias, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de más de un empleo. Esta información debe ser remitida por internet, mediante Clave Fiscal obtenida previamente en la Delegación de la AFIP con nivel de seguridad 2 o superior.
Para verificar la ganancia bruta se puede acceder por www.abc.gov.ar ir al SerCoPe (Servicio de Consulta Personalizada); luego de abrir con usuario, contraseña y pin; hacer click en Afip 4ta Categoría y aceptar, desplegar el Año 20l9 y en la solapa Diciembre se ve la situación de cada uno: en Ganancia Bruta se encuentra la ganacia acumulada o sueldo en bruto del año 2019 y en Cálculo Retención a ese mes según AFIP el monto de descuento anual que corresponde a cada uno según esa ganancia y las deducciones que corresponda en cada caso. Ese mismo sitio, al igual que la página de la AFIP con clave fiscal, se puede consultar para cualquier duda que surja sobre sobre los valores reconocidos por las distintas cargas y deducciones que cada uno pueda tener.
Recordamos que está en vigencia desde el 2015, en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación, la PRESENTACION UNICAMENTE POR INTERNET del FORMULARIO 572 WEB en la página de la AFIP (www.afip.gov.ar) con clave fiscalpara todos los trabajadores afectados por el impuesto, a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) de acuerdo a la Resolución General Nº 3418/12 de la AFIP, que reemplazó definitivamente al Formulario de Declaración Jurada F 572 Manual.
Para el 2020 el sistema ya está hahabilitado desde el 1º de enero y al igual que el año pasado se permite trabajar en una presentación borrador en cualquier momento del año a fin de poder realizar todas las cargas de familia, deducciones y gastos realizados para luego enviar la declaración jurada, a su vez pueden enviarse durante todo el año rectificaciones con deducciones posteriores, sin límite alguno de envíos. Así se puede informar de manera periódica para no sufrir descuentos mayores a lo largo del año y en particular en el sueldo de los primeros meses del año. Por ello, recordamos que se debe revisar en las cargas de familia y actualizar o confirmar la información a fin de evitar descuentos superiores a los habituales en los próximos cobros de haberes. Para dicha confirmación verificar en la carga de la AFIP, si al costado derecho de cada familiar hay un ícono triangular amarillo con un signo de admiración rojo, en ese caso abrir otro ícono que es un lápiz y confirmar los datos.
Tambien informamos a quienes deben declarar por primera vez, que primero se debe solicitar la clave fiscal en la Delegación de la AFIP y que sólo atiende con turno solicitado previamente en la página de internet de la AFIP, por lo que es conveniente solicitarlo con anticipación.
Finalmente, para aquellos docentes que se jubilaron recientemente deben modificar el agente de retención que deja de ser la DGCyE el último día de trabajo y pasa a ser el IPS desde el primer día como jubilado, para ello realizar el cambio por medio del SIDARIG Trabajador en la solapa Empleadores.

Leer con detenimiento el instructivo y realizar la carga paso por paso.
Ver INSTRUCTIVO PARA CONFECCIONAR EL F572 WEB aquí
Ver Instructivo Clave Fiscal y Agregar Servicios (SiDARIG)


ANTONIO CENTRONE - Vocal SUTEBA Alte. Brown
M. ANGÉLICA GONZÁLEZ - Sec. Gremial SUTEBA Alte. Brown
HAYDEÉ KAZIECZKO - Sec. General SUTEBA Alte. Brown